sábado, agosto 05, 2006

LEY QUE INCORPORA EL TÍTULO VII: DE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS.............

Como es de conocimiento de todos (o de la mayoría), en uno de los últimos actos del gobierno anterior el documento generado por el congreso anterior llamado LEY QUE INCORPORA EL TÍTULO VII: DE LOS PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, DISPOSITIVOS MÉDICOS Y OTROS PRODUCTOS SANITARIOS EN LA LEY N° 26842, LEY GENERAL DE SALUD fué devuelto al congreso (lo cual es un decir, porque un congreso lo envió y otro muy diferente lo ha recibido). Esto agrega situaciones, contradictorias pero quien sabe si finalemente resultan beneficiosas:
  1. Un ambiente confuso y dudoso acerca de que hará el nuevo congreso y el nuevo gobierno con el documento.
  2. Permite tiempo adicional para su revisión, discusión y el envío de aportes y comentarios.
  3. Permite también, "a la distancia" (en espacio y tiempo) revisar que se hizo, que no se hizo, porque se hicieron las cosas de esa manera y si hay "letra pequeña" en el documento. También, porqué se esperó a ultima hora para tratar que el ejecutivo la apruebe y porqué finalmente no lo hizo.

El documento enviado al ejecutivo (y devuelto) se encuentra a disposición de los revisores haciendo click aqui (se accede directamente al documento en versión pdf).

Una posibilidad de revisión y aporte podría efectuarse bajo lo mencionado por Moisés en su correo de hoy sabado. Una posibilidad adicional sería el de discutir artículo por artículo, lo que podría hacerse de manera activa si primero hacemos un balance o inventario acerca de que artículos merecen discutirse y cuales no.

Empecemos entonces dejando abierta esta tribuna virtual para recibir los aportes técnicos de nuestros colegas químicos farmacéuticos.

ARL

agosto05, 2006

3 Comentarios:

At 8/07/2006 12:09 AM, Blogger Genaro Vivanco said...

Estimados colegas:

Ante todo un saludo y felicitación a Armando Rivero, César Amaro, Juan Zavalaga y Moisés Méndez que han hecho posible la apertura de este lugar de discusión. Todos esperamos que sirva para discutir y arribar a consensos en algunos temas. Por lo pronto el tema inmediato es la Ley Modificatoria de la Ley General de Salud, aprobada por el Congreso saliente y observada y devuelta por el Presidente Toledo.

A fin de que los comentarios sean bastante claros me permito sugerir que las opiniones sean vertidas por artículos de la siguiente forma:

DICE: "Art. 181.2 El incumplimiento de este requisito dará motivo al cierre temporal
del establecimiento sin perjuicio de las acciones civiles y penales a
que hubiere lugar, así como la comunicación al Colegio de
Químicos Farmacéuticos para la sanción correspondiente. En
ambos la reincidencia constituye agravante, que para el caso de los
establecimientos será establecida en el Reglamento."

DEBE DECIR: "Art. 181.2 El incumplimiento de este requisito dará motivo a sanción del establecimiento el cual será precisada en el Reglamento."

FUNDAMENTO: Las sanciones deben iniciarse como amonestación y la reincidencia merecen penas mayores como es usual en otras faltas. En el caso de QFs, si el Art. 180.1 establece la obligatoriedad de que las recetas consignen el DCI (nombre genérico), no establece sanción para el prescriptor (médico, odontólogo, psicólogo, etc.) que omita dicha información. No habiendo igualdad de trato no debería sancionarse al profesional dispensador.

Si faltara algún artículo del mismo modo puede sugerirse su inclusión así como el fundamento.

Entonces demos muestra de nuestra madurez profesional y participemos activamente.

Cordialmente

Dr. Genaro Vivanco

 
At 8/05/2006 8:50 PM, Blogger MoisesMendezQF06489 said...

Apreciados Colegas, Amigos y Amigas:

Los días 19 y 20 de Julio pasado nos permitimos remitirles unos comentarios sobre la Modificatoria de la Ley General de Salud que incorporaba como Título la normatividad sobre Medicamentos (le llamaban productos farmacéuticos, dispositivos médicos y otros productos sanitarios).

Nos basamos en el Diario de Debates del Pleno del Congreso de la república de los días 04 y 12 de Julio. Y por supuesto algo de conocimiento y experiencia en nuestro ejercicio profesional. Habíamos participado en la importante III Conferencia Nacional de Salud organizada por FOROSALUD, donde pudimos escuchar y compartir múltiples opiniones sobre la problemática de Salud, con Expositores nacionales y extranjeros, así como más de 4 mil asistentes a tan magno evento. Dichos asistentes no sólo éramos profesionales de la salud; diría más bien, que dichos profesionales éramos minoría; la gran mayoría eran ciudadanos provenientes de todo el país, de diverso quehacer y origen, con diversas inquietudes y propuestas, a quienes valía la pena escuchar más que orientar. Lógicamente un tema en permanente debate era el llamado TLC entre Perú y EE UU, los resultados electorales de la segunda vuelta así como las expectativas de lo que haría el nuevo gobierno.

Dicho documento fue expuesto el 18 del mismo mes en un Conversatorio que organizó la Federación Nacional de Químicos Farmacéuticos del Perú. Se recibieron importantes comentarios. Recibimos comentarios de industriales, de laboratorios nacionales y multinacionales; los primeros dieron a conocer sus puntos de vista a través de la prensa criticando lo de los ENSAYOS CLINICOS.

Es muy probable que las presiones de sectores interesados en mantener el statu-quo hayan tenido el éxito que esperaban.

Y, como es nuestro estilo, procedimos a socializar el documento, remitiéndoselos a Uds. para conocimiento y pidiéndoles sus opiniones. También lo hemos comentado en nuestras visitas a diversas instituciones y compartirlas con otros Colegas, interesados en la normatividad relacionada con medicamentos.

También en FOROSALUD se trabajó un borrador de pronunciamiento.

Cada uno tenía su opinión, a favor, en contra, total o parcialmente. También había incredulidad si todo ello se concretaría, primero en la promulgación de la Ley y luego en un reglamento.

Cuando evaluábamos dichos comentarios iniciales con la AUTOGRAFA ya en el Poder Ejecutivo y emitimos un nuevo documento (copia adjunta en archivo adobe), nos enteramos que el ex Presidente Dr Toledo, dejó dicha Ley OBSERVADA. En cuanto tengamos copia de dicho documento, podremos opinar sobre las razones que condujeron a dicha observación.

Decidimos remitirles – de todas maneras – estos comentarios, pues, en el peor de los casos, todo vuelve a fojas cero. Cinco años le tomó al Congreso 2001 – 2006 lograr consensuar estas normas, trató de sacarlas como sea a última hora (podrán comprobar algunas observaciones en la AUTOGRAFA) y – por razones que ya se conocerán – el Poder Ejecutivo (donde estaba la ex Ministra de Salud, según sus notas de prensa, el MINSA propuso gran parte del documento aprobado en el Congreso) OBSERVO la Modificatoria.

¿Quién ganó? ¿Quién perdió?

De cualquier modo, esperemos que el actual Congreso y – en particular – la Directiva del mismo y de la Comisión de la Salud estén mejor calificados para acometer la situación que se presenta.

Sobre “nuestra posición como farmacéuticos” habría mucho que comentar. Muy importante sería que aquellos que tratamos de aportar algo en estos temas, nos reunamos, hagamos trabajo en equipo, incluso multidisciplinario, y sacar conclusiones pronto de lo que debe hacerse en este campo. En nuestro caso, algo estamos haciendo desde FOROSALUD.

Saludos Farmacéuticos

Q. F. Dr. Moisés Méndez

 
At 8/05/2006 1:49 PM, Blogger DAFAF PERU said...

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